Quedarse sin empleo rara vez significa solo dejar de cobrar. Para muchas personas es el comienzo de una espiral en la que préstamos, cuotas y obligaciones siguen venciendo cada mes hasta transformar un apuro pasajero en una deuda inasumible. Para esos supuestos —cuando concurren los requisitos legales— la Ley de Segunda Oportunidad abre una vía para que particulares y autónomos de buena fe cancelen total o parcialmente lo que deben.

Es lo que ha logrado G.T., un madrileño de 45 años que, tras caer en el desempleo, acumuló una deuda cercana a los 41.000 euros, de los que más de 11.000 correspondían a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Deuda privada cancelada y máxima reducción del crédito público

El procedimiento, dirigido por Arriaga Asociados, ha permitido cancelar íntegramente la deuda privada —superior a 30.000 euros— y aplicar la mayor reducción posible sobre la deuda con la Seguridad Social, conforme a la doctrina vigente del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El resultado deja al afectado en una situación prácticamente saneada, en condiciones de empezar de nuevo sin la carga que arrastraba desde hacía meses.

«Muchas personas llegan pensando que ya no hay solución», explica el socio director del despacho, Jesús Ruiz de Arriaga, que insiste en el estudio individualizado de cada expediente: «Cada caso es diferente y debe estudiarse de forma individual para ofrecer la mejor solución posible».

El alcance del mecanismo sobre la deuda pública

Más allá del caso concreto, la resolución ilustra el recorrido que tiene hoy la Ley de Segunda Oportunidad cuando entran en juego deudas con la Administración. La aplicación de la doctrina del Supremo y del TJUE permite alcanzar, en los supuestos previstos por la ley, el mayor nivel de exoneración posible de este tipo de créditos, un terreno que durante años fue especialmente resistente a la cancelación.